01PRÓXIMA JORNADA:
Equipos
Campo
Hora
tepito vs prepa 12
Bombonera
11:00
prepa 8 vs cucei
Estadio 3 de Marzo
20:00
cucea vs cuaad
sta. rosa
2:00
poli vs prepa 11
cucea
8:00
Atlas vs Cruz Azul
Estadio Azul Grana
9:00
Chivas vs Morelia
Estadie Jalisque
20:00
Irapuato vs Chiapas
Campo Fresero
20:00
Veracruz vs Monterrey
Tiburonero
4:00
juanes vs rosales
kukulcan
29:00




0RESULTADOS JORNADA:
Equipo
Resultados
Equipo
tepito
0--0
prepa 12
prepa 8
0-0
cucei
cucea
0-0
cuaad
poli
0-0
prepa 11
Atlas
2-2
Cruz Azul
Chivas
3-3
Morelia
Irapuato
6-6
Chiapas
Veracruz
9-9
Monterrey
juanes
5-5
rosales

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Estatutos de la Liga de Fútbol


CAPITULO I

OBJETIVOS Y PATRIMONIO

Artículo 1º

La Liga de Fut-Bol del Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Guadalajara (en lo sucesivo S.T.A.U. de G.) será autónoma y sus decisiones serán por acuerdo mayoritario o consenso de los delegados que integren la H. Asamblea General.

Artículo 2º

La Liga de Fut-Bol del S. T. A. U. de G. tiene como objetivos fundamentales, promover la fraternidad entre los académicos universitarios, así como fomentar la práctica del Fut-Bol, el acondicionamiento físico y la salud mental.

Artículo 3º

El patrimonio de la Liga de Fut-Bol se formará con las aportaciones provenientes de :

  1. Inscripciones, multas y cooperaciones de los equipos.
  2. Las aportaciones del Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Guadalajara.
  3. De terceros (patrocinadores), etc.


CAPITULO II

AUTORIDADES DE LA LIGA: FACULTADES Y ATRIBUCIONES

A. DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 4º

La máxima autoridad en la Liga del Fut-Bol del S.T.A.U. de G. es la H. Asamblea General de Delegados que la integren. Se regirá de conformidad con presentes estatutos y en lo no previsto, mediante acuerdo plenario de las dos terceras partes de sus integrantes.

Artículo 5º

Son facultades de la H. Asamblea General, las siguientes :

  1. Elegir la mesa directiva en asamblea ordinaria, previamente al inicio de cada torneo anual.
  2. Establecer el sistema y los torneos de competencia.
  3. La calendarización de los juegos.
  4. Elaborar y reformar los estatutos, requiriendo la mayoría prevista en el artículo 4º.
  5. Convocar y celebrar asambleas ordinarias y extraordinarias, con base en una orden del día.
  6. Conocer y resolver sobre los asuntos que beneficien o afecten, directa o indirectamente la vida institucional de la Liga de Fut-Bol.
  7. Recibir y decidir sobre las propuestas hechas por el Presidente de la Liga y los delegados de los equipos.
  8. Aprobar la creación de las comisiones necesarias para el funcionamiento de la Liga, estableciendo sus atribuciones.

Artículo 6º

Las Asambleas serán:

  1. Las Ordinarias deberán celebrarse una por semana, previa convocatoria, requiriendo de la presencia del 50% más 1 del total de los integrantes.
  2. Serán Extraordinarias, cuando por falta de tiempo para cumplir con los asuntos de la asamblea ordinaria se cite para otra otro día.
  3. También serán Extraordinarias cuando convocada a una Ordinaria, no se encuentre la mayoría indicada en el inciso a) de este artículo, después de 20 veinte minutos de espera, se llevará a cabo la asamblea con los delegados presentes, requiriendo para ello cuando menos de una tercera parte del total de delegados como mínimo.

Artículo 7º

Los acuerdos tomados por la asamblea y aprobados por la mayoría de los delegados, serán obligatorios para los presentes y ausentes tendrán validez hasta la culminación del torneo para el cual se tomaron.

Artículo 8º

Las asambleas ordinarias deberán celebrarse en la fecha y hora que acuerde la asamblea, incluyendo cuando menos el siguiente orden del día:

  1. Lista de Asistencia y existiendo quórum legal, el presidente declarará abierta la asamblea.
  2. Lectura del acta de la sesión anterior.
  3. Informe de Tesorería.
  4. Lectura de correspondencia.
  5. Resultados, sanciones y decretos de partidos.
  6. Asuntos varios.

Si algún delegado llegara después del decreto de partidos, debe aceptar la cancha y el horario que se le designó a su equipo.

Artículo 9º

No será responsabilidad de la asamblea, que un delegado por su inasistencia quede sin enterarse de los decretos de partidos o acuerdos tomados en las sesiones, pero la directiva de la Liga proporcionarán la información que les soliciten.

B. DE LA MESA DIRECTIVA

Artículo 10º

Los aspirantes a formar parte de la mesa directiva, deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser delegado o subdelegado en activo, con una asistencia personal del 80% ochenta por ciento a las sesiones previas a la lección
  2. Tener un año de antigüedad cumplida como delegado, y
  3. Presentar propuesta a título personal o por algún miembro de la Asamblea.

Artículo 11º

La elección de la mesa directiva, será por planillas propuestas por los delegados y sometidas a votación de la Asamblea. Cuando no haya proposición de alguna, se procederá a elegir en lo individual, primero al Presidente, luego al Secretario, al Tesorero y los Vocales, mediante votación, cerrada o abierta, según lo determine la Asamblea. En este último caso el Presidente podrá designar al Vicepresidente, Subsecretario y Subtesorero.

Artículo 12º

La mesa directiva electa, durará en su encargo hasta la terminación del torneo regular, incluyendo la liguilla y copa, aprobados por la Asamblea General.

Artículo 13º

Los integrantes de la mesa directiva son:

  1. Presidente
  2. Vicepresidente
  3. Secretario
  4. Subsecretario
  5. Tesorero
  6. Subtesorero
  7. Primer Vocal
  8. Segundo Vocal, y
  9. Tercer Vocal

Serán electos en Asamblea General Ordinaria, con una asistencia mínima de las dos terceras partes de la totalidad de los delgados, de no existir este quórum, se procederá en los términos del artículo 6º inciso c) de estos estatutos, previa convocatoria, en la que deberá especificarse el motivo de la Asamblea.

Artículo 14º

Son atribuciones del Presidente de la Liga:

  1. Presidir las Asambleas y velar por el cumplimiento de sus acuerdos.
  2. Vigilar se cumplan los reglamentos o estatutos que rigen la Liga de Fut-Bol y que todo se lleve a cabo bajo un marco legal, cordial y fraternal.
  3. Vigilar que las asambleas estén integradas por Delegados o Subdelegados debidamente acreditados por sus respectivos equipos, los cuales tendrán voz y voto dentro de la misma. Sin embargo, si por causas de fuerza mayor éstos no asistieran y en su lugar envían un tercero, solo tendrá voz, pero no voto.
  4. Tendrá voto de calidad en caso de empate en las decisiones tomadas en asamblea.
  5. Firmar conjuntamente con el Secretario, la correspondencia y actas de las sesiones.
  6. Representar a la Liga de Fut-Bol en todos los aspectos inherentes y concernientes a ella.
  7. Proponer las comisiones necesarias para el funcionamiento de la Liga.

Artículo 15º

Son Atribuciones del Vicepresidente:

  1. Suplir al Presidente en su ausencia.
  2. Presidir el Tribunal de Penas y llevar el control de las sanciones impuestas a los jugadores.
  3. Auxiliar al Presidente en todas las comisiones encomendadas por éste.

Artículo 16º

Son Atribuciones del Secretario:

  1. Tomar lista de asistencia en cada asamblea.
  2. Levantar acta circunstanciada en cada sesión de los asuntos tratados.
  3. Dar lectura al acta de la sesión anterior y una vez aprobada, pasarla al libro correspondiente.
  4. Leer la correspondencia recibida y firmarla conjuntamente con el Presidente.
  5. Comunicar por escrito o verbalmente, la contestación a la correspondencia dirigida a la Liga o al Presidente.
  6. Elaborar el directorio de Delegados y Subdelegados de los equipos integrantes de la Liga.
  7. Llevar el control del archivo de la Liga, el registro individual de los jugadores y de los equipos.
  8. Guardar bajo su responsabilidad la papelería y los demás bienes propiedad de la Liga.
  9. Las demás que le encomiende la Asamblea o el Presidente.

Artículo 17º

Son Atribuciones del Subsecretario:

  1. Suplir al Secretario en su ausencia.
  2. Auxiliar al secretario con:
    1. La elaboración del Rol de Juegos de los torneos a efectuarse.
    2. Elaborar y actualizar la Tabla de posiciones.

Artículo 18º

Son Atribuciones del Tesorero:

  1. Administrar los recursos económicos de la Liga.
  2. Informar el estado financiero, en cada sesión ordinaria y entregarlo por escrito.
  3. c)
  4. Recabar de los delegados el importe de las cuotas autorizadas por la Asamblea, (para arbitrajes, trofeos, etc.), extendiendo el comprobante respectivo.
  5. d)
  6. Efectuar el pago por concepto de arbitrajes al Colegio correspondiente y recabar el comprobante respectivo.

Artículo 19º

Son Atribuciones de los Vocales:

  1. Suplir a cualquier miembro de la mesa directiva en ausencia de los Titulares y Suplentes.
  2. Auxiliar a cualquier miembro de la mesa directiva que lo solicite.
  3. Formar parte del Tribunal de Penas cuando sean requeridos.
  4. Formar parte de las comisiones creadas por la Asamblea y cumplir su encomienda.


CAPITULO III

DE LOS EQUIPOS

Artículo 20º

Solo podrán ser admitidos aquellos equipos conformados por personal académico, técnico académico, honoríficos y jubilados, de la Universidad de Guadalajara y hasta 4 cuatro jugadores invitados, con vinculación a la Universidad de Guadalajara.

Artículo 21º

En las dependencias universitarias del S.E.M.S. y Centros Universitarios, (Divisiones o Departamentos), podrán formar 1 o más equipos representativos.

Artículo 22º

Los equipos deberán registrarse con un nombre referido de su dependencia. En caso de conformarse 2 dos o más pertenecientes a una misma dependencia universitaria y que tengan el mismo nombre, se les asignará una letra del alfabeto para poder diferenciarlos de los demás y se dará la nominación de acuerdo al orden inscrito.

Artículo 23º

Los equipos podrán ser conformados con personal de varias dependencias universitarias, con un mínimo de 11 once jugadores por equipo.

Artículo 24º

Los requisitos para la admisión y registro de un equipo en la Liga de Fut-Bol del S. T. A. U. de G. son los siguientes:

  1. Solicitud por escrito avalada por las autoridades de la dependencia a la que pertenecen, pudiendo ser : el Rector del Centro Universitario.